

El camino hacia los edificios de Cero Emisiones ha comenzado y el Código Técnico de la Edificación (CTE) recoge en su Documento Básico HSA “Sostenibilidad Ambiental” una nueva generación de exigencias básicas para la protección del medio ambiente. El CTE HSA lleva además implícita una transformación profunda en nuestra manera de diseñar, construir y rehabilitar nuestros edificios, un cambio de paradigma que en el Reto Kömmerling apoyamos y promovemos. En este post te explicamos los conceptos clave de la sección, el ámbito de aplicación y el alcance de las exigencias.

La sección del CTE “Sostenibilidad Ambiental” establece los parámetros y pautas para satisfacer junto con el CTE-HS el requisito básico de “Higiene, Salud y Protección del medio ambiente” de forma más integral.
Con esta ampliación del requisito básico nuestros edificios garantizarán un ambiente interior más sano y confortable y sus componentes constructivos e instalaciones contribuirán también a la protección del medio ambiente.

Esta nueva sección del CTE radica en que los estados miembros de la UE están sujetos a transponer la Directiva de Eficiencia Energética en los Edificios 2024/1275 (EPBD) a sus códigos nacionales.
En la gráfica de arriba te mostramos el reparto de emisiones globales de gases de efecto invernadero en el sector de la construcción durante un año. El 60% corresponde al carbono operativo, es decir, las emisiones derivadas de los consumos energéticos de los edificios en uso, justo lo que calculas en el CTE HE (calefacción, refrigeración, ACS, iluminación, etc.).
Pero el 40% del pastel es el carbono embebido: las emisiones que se producen a raíz de la fabricación, la sustitución y el deshecho de los elementos constructivos y los sistemas activos. Y de ese porcentaje se ocupa el nuevo DB-HSA, donde de forma paulatina irá evolucionando en cuanto a exigencias para conseguir un sector de la edificación carbono cero.
En el Documento Básico HSA encontrarás los siguientes contenidos, organizados en dos apartados:

El HSA1 es más que un simple apartado en el CTE. Mediante su cumplimiento los arquitectos tendremos que ir cambiando el chip y calcular los impactos en el medio ambiente que generan nuestros proyectos y obras.
El documento introduce un nuevo indicador: el Potencial de Calentamiento Global a lo largo del ciclo de vida del edificio (PCG). Es decir, que en tus proyectos de obra nueva o ampliación de edificio debes calcular la huella de carbono.
Lo que te exigen es calcular la huella de carbono del edificio completo, que resulta de sumar los datos de emisiones cada producto de la construcción. Por lo que, lo primero es tener a mano el inventario de toda la materia de tu proyecto, es decir, las mediciones de tu proyecto.
Con el inventario de materiales y sistemas, debes ir material por material asignando su PCG en cada etapa y su vida útil, hasta obtener el total, el Potencial de Calentamiento Global del edificio.
El indicador PCG se suma a la ya abultada cantidad de justificaciones del CTE. Aunque al menos la exigencia es, de momento, una declaración y solo te exigen hacer el cálculo sin tener un máximo de emisiones. La idea es que nos vayamos familiarizando con este tema y que el grado de la exigencia irá aumentando con el paso del tiempo.
Otra “buena noticia” es que el DB-HSA1 será obligatorio para proyectos de obra nueva o ampliaciones a partir del 1 de enero de 2028, únicamente con superficie útil de más de 1000 m2, y a partir del 1 de enero de 2030 ya será obligatorio para todos los edificios nuevos y ampliaciones.
Para terminar la introducción al indicador PCG, decirte que su valor estará integrado en el Certificado de Eficiencia Energética del edificio (CEE).
Para explicarte la base del cálculo partimos de otro Documento Básico del CTE: el CTE DB-HE “Ahorro de Energía” se ocupa de optimizar el consumo de energía primaria para el edificio en uso, y en el Certificado de Eficiencia Energética se muestran además las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de ese consumo energético. Por otro lado, el DB HSA1 lo que hace es ampliar el cálculo de las emisiones a todo el ciclo de vida del edificio, desglosadas en las siguientes etapas:

Una vez entendidas las etapas que abarca el cálculo del PCG, también es importante definir los siguientes aspectos:

Lo ideal sería que obtuviéramos los datos de emisiones de cada producto de la construcción con la correspondiente Declaración Ambiental de Producto (DAP), que el mismo fabricante nos habría enviado adjunta en la Declaración de Prestaciones, tal y como exige el Reglamento de Productos de la Construcción 2024. Aunque ya hay fabricantes que llevan tiempo apostando por la sostenibilidad, como Kömmerling, que tiene DAPs específicas de sistemas de ventana, la emisión de DAPs no será obligatoria hasta 2030.
Así que mientras tanto, el CTE DB-HSA1 irá acompañado de un Documento de Apoyo (DA-HSA1) para facilitarte la obtención de datos. En este documento tienes una tabla con valores genéricos de huella de carbono de los materiales y productos más empleados en construcción. En él también encontrarás un procedimiento para realizar un cálculo simplificado del Potencial de Calentamiento Global.

A pesar de que, de momento, los fabricantes están exentos de emitir DAP de sus productos y los técnicos no tenemos una limitación en los valores del PCG del edificio, al Ministerio de Vivienda le interesa que el sector se ponga las pilas y que utilicemos preferentemente datos ambientales de calidad. Por eso ha establecido penalizaciones en el proceso de cálculo en función del origen de los datos ambientales que empleamos: el factor corrector fc.
Por ejemplo, si incorporas productos con DAP específica, el factor es 1 (no penaliza). Sin embargo, si utilizas datos de productos de la tabla del Documento de Apoyo DA-HSA1 (base de datos oficial del Ministerio), debes aplicar un factor corrector de 1,25.


El segundo apartado del CTE HSA “Sostenibilidad Ambiental” surge de transponer el artículo 14 de la EPBD, la Directiva de Eficiencia Energética en los Edificios. Su objetivo es fomentar la movilidad sostenible exigiendo unas dotaciones mínimas en el edificio para los vehículos eléctricos y las bicicletas, en edificios con zona de aparcamiento bien en el interior del propio edificio o en una superficie adyacente. Los casos en los que será obligatorio su cumplimiento son los siguientes:
TIPO DE PROYECTO | CASOS |
Nueva construcción | Siempre. |
Intervención en edificio existente | Cambio de uso. |
Ampliaciones: si la superficie ampliada es mayor a 50 m2, la superficie construida se incrementa más del 10% y hay intervención en el aparcamiento. | |
Reformas: si se renueva más del 25% de la superficie de la envolvente térmica y hay intervención en el aparcamiento. | |
Intervenciones en la instalación eléctrica: si afecta a más del 50% de la potencia instalada preexistente y el aparcamiento está en el edificio. | |
Intervenciones en la instalación eléctrica del aparcamiento: si afecta a más del 50% de la potencia instalada preexistente. |
También tenemos las siguientes exclusiones:
El DB-HS2 trae consigo una apuesta fuerte por adaptar la infraestructura de los aparcamientos al uso del coche eléctrico y establece también una dotación obligatoria de aparcamiento de bicicletas. Además, determina con precisión las dimensiones y localización de éste en el edificio, en sintonía con los requisitos del CTE SUA “Seguridad de utilización y accesibilidad”.
Estas son las dotaciones mínimas que deberá tener tu edificio:
USO DEL EDIFICIO | DOTACIÓN PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS | APARCAMIENTO DE BICICLETAS |
Distinto a residencial vivienda: oficinas | 1 estación de recarga cada 2 plazas de aparcamiento. | Cantidad mínima: plazas para el 10% de la ocupación del edificio. |
Distinto a residencial vivienda: resto de usos | 1 estación de recarga cada 5 plazas de aparcamiento. | Cantidad mínima: plazas para el 10% de la ocupación del edificio. Excepción: 5% en uso hospitalario, residencia de mayores, comercial y hoteles. |
Residencial vivienda | 1 estación de recarga. | 2 plazas por unidad de vivienda. |
En todos los casos | Instalación de precableado para el 50% de las plazas y sistemas de conducción de cables para el otro 50%. Si hay plazas de aparcamiento accesibles, 1 instalación de recarga por cada 5 plazas accesibles. |
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