

La actualización del CTE DB-SI se ve modificada con respecto a la versión anterior solamente en dos secciones. Es, por tanto, una modificación muy puntual. Sin embargo, uno de los subapartados se ve ampliado y cobra especial relevancia, ya que implica la elección de materiales de fachada, las cuales deben tener una reacción al fuego mínima, incluso en edificios de baja altura.
También se ha actualizado la normativa de referencia en cuanto a la señalización de las instalaciones (DB-SI 4) mediante el cumplimiento del RD 513/2017.
Debido al endurecimiento sustancial en el CTE de las exigencias térmicas y calidad de la envolvente térmica del edificio, esto deriva en una evolución constructiva de los sistemas de fachada con la incorporación de materiales aislantes térmicos de cierto espesor y cámaras de aire ventilada. Se hace necesaria entonces una regulación en el uso de estos materiales aislantes respecto a su comportamiento frente al fuego y la propagación del fuego en fachada, asegurando así la seguridad de las personas.
El CTE siempre ha sido muy consciente de las graves consecuencias que tiene un incendio, no solo los daños materiales, sino la pérdida de vidas humanas. Muchos tenemos guardado en la memoria el trágico incendio de la torre Grenfell ocurrido en 2017, donde murieron 71 personas.
En cuanto a los espacios ocultos, la normativa especifica que la compartimentación contra incendios de los espacios como patinillos, cámaras, falsos techos, etc. del edificio, debe ser continua.
Hay una ligera modificación en cuanto a la colocación de cerramientos formados por componentes textiles, como las carpas. En este caso, se exige un comportamiento al fuego T2, lo que significa que solo se permiten materiales con muy bajas propagaciones de llama y que no producen gotas o partículas inflamadas. A parte de ello, existe el requisito adicional de perforación que pueda eximir el uso de estructuras resistentes a incendios, basado en la superficie de la perforación producida en el ensayo.
En cuanto a las condiciones de los sistemas constructivos de medianería y fachada, los productos de la construcción deben tener una reacción al fuego máxima dependiendo de las características de dicho cerramiento y su altura. Las condiciones respecto a la reacción frente al fuego son más estrictas y específicas que en el anterior CTE SI. Además, la exigencia aumenta según se trate de un sistema de aislamiento por el exterior o una fachada ventilada y si vamos aumentando el número de plantas en el edificio.
La exigencia se diversifica y se desarrolla en torno a un mayor abanico de casos, según edificios con una altura de:
En plantas bajas y cubiertas accesibles al público la exigencia general es de Clase B-s3, d0, excepto para edificios de gran altura (Clase A-s3, d0).
La reacción al fuego de los cerramientos se clasifica con 3 grupos de códigos que hablan de comportamiento de los materiales.
Por ejemplo, un sistema de cerramiento cuya exigencia sea Clase D-s3, d0 significa que:
Las exigencias SI3, SI4, SI5, y SI6 permanecen inalteradas, a excepción de una actualización de las referencias normativas, hecho presente en todos los documentos del CTE en general.
El pasado 4 de febrero tuvo lugar en el Instituto Torroja una jornada acerca de estos cambios en la actualización del CTE. En el canal de youtube del Instituto puedes acceder de forma gratuita a la presentación de las modificaciones del CTE SI y del resto de documentos básicos. Si quieres conocer todas las modificaciones en el CTE visita el Reto KÖMMERLING y suscríbete a nuestra Newsletter!